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Ayudas de la Consellería de innovación al sector TIC en desarrollo web para empresas

19 Enero, 2009 por ivan

El pasado viernes se publicaron en el DOG las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a inversión en proyectos de tecnología de la información y comunicación (TIC).

Las bases reguladoras recogen las líneas de actuación

  • Inversiones para infraestructuras internas de las empresas
  • Aplicaciones informáticas en la empresa
  • Apoyo al desarrollo del sector TIC

Dentro de la línea de aplicaciones informáticas en el empresa se incluye la subvención para proyectos de Implantación de aplicaciones informáticas basadas en código abierto y realizadas a medida del cliente destinadas a los sistemas de información y de gestión de la empresa solicitante. Este tipo de proyectos son los que Hospedaxes desarrolla para la gran mayoría de los clientes.
En el caso de aplicaciones externas (accesibles via Internet), se indica que tendrán que cumplir los criterios de funcionamiento y los criterios de accesibilidad. En el caso de criterios de funcionamiento se refiere a que la web debe realizar procesos y/o transacciones económicas mientras que el criterio de accesibilidad se refiere al cumplimiento de la Web Accesibility Initiative (WAI) del Consorcio World Wide Web (W3C) en el nivel de adecuación AA.

La documentación necesaria para la presentación de solicitudes será:

  • Formularios normalizados obtenidos a través de la aplicación informática internet expres (procedimiento IN520A) establecida en la oficina virtual de la consellería de Innovación
  • Documentación jurídico-administrativa de la empresa solicitante.
  • CIF de la empresa solicitante
  • Documento acreditativo de que la persona que presenta la solicitud está acreditada por la empresa
  • Documentación técnica del proyecto
  • Documentación económica identificativa de las inversiones

En las bases reguladoras se deja claro que el proyecto debe ser técnica, económica y financieramente viables, los criterios de valoración para cumplir dichos preceptos serán

  • Calidad técnica y grado de modernización empresarial (dentro del sector correspondiente). Valoración de  hasta 30 puntos
  • Impulso del código abierto. Hasta 25 puntos. Conviene aclarar en este punto que se distingue el uso de código abierto y el desarrollo de código abierto. En Hospedaxes desarrollamos webs mediante el uso código abierto (PHP, MySQL, servidores en Linux y otros elementos que se emplean en menor intensidad), pero no vemos para nada necesario desarrollar código abierto; ya que implica hacer público el código fuente para que lo utilice la comunidad. Esto podría perjudicar la seguridad de la aplicación.
  • Grado de definición y madurez del proyecto. Hasta 15 puntos.
  • Capacidad técnica y económica de la empresa. Hasta 15 puntos.
  • Empleo del gallego en el desarrollo del proyecto. Hasta 10 puntos. Es algo que no se está llevando a cabo pero que se puede poner en marcha.
  • Solicitud presentada correctamente. Hasta 5 puntos.

La Xunta ha querido destacar su apuesta por el código abierto (apuesta en la cual estamos de acuerdo y aplaudimos), que se ve reflejada a la hora de calcular el porcentaje de subvención respecto a la inversión total,:

  • Carácter general 40%
  • Solicitudes basadas en código abierto  hasta 10% adicional
  • Solicitudes presentadas por medianas empresas 10% adicional y aquellas presentadas por pequeñas empresas o microempresas hasta 20% adicional

El importe total de las subvenciones será de hasta 80000€.

Las solicitudes tendrán que estar presentadas antes del 18 de Febrero de 2009, la consellería resolverá y notificará antes de los 9 meses a  partir de la publicación en el DOG (el pasado viernes) y los proyectos deben estar justificados y pagados entre el 1 de Enero de 2009 y el 17 de Noviembre de 2009. De nuevo una administración pública aprieta los plazos de maniobra de las empresas frente al gran margen que se otorga a sí mismo.

Una vez aceptada la solicitud, el beneficiario deberá presentar la siguiente documentación, documentación con el objeto de justificar la realización del proyecto,

  • Solicitud de “libramento” de la subvención (disponible en la web de la consellería)
  • Memoria de realización de inversiones
  • Justificante de las inversiones
  • Justificante de los pagos
  • Información de acceso al sitio público, manuales generados en el desarrollo y documentos que acrediten la metodología del desarrollo
  • Información para la revisión del proyecto a través de Internet
  • Declaración de ayudas obtenidas y solicitadas para la misma inversión en otras administraciones públicas y similares
  • Certificación del titular de la cuenta bancaria
  • Documentación que acredite la publicidad de cofinanciación con fondos Feder (cuando el proyecto se materialice expresamente en un sitio de Internet deberá indicarse en el pie de la página de inicio referencia a que es un proyecto cofinanciado, el escudo normalizado de la Xunta y el emblema normalizado de la UE)

Como resumen me gustaría destacar el interés de la Xunta por que las webs de las empresas mejoren la accesibilidad (pasando a ser un requisito obligatorio). El desarrollo de la Internet accesible es escaso debido en gran medida al coste de su cumplimiento en el desarrollo. Sin duda se trata de una iniciativa, que en el caso de que se cumpla, dará valor añadido a los proyectos subvencionados y redundará tanto en los solicitantes de las ayudas como en los usuarios de las aplicaciones web.

Documentación adjunta
Resumen publicado por la Consellería
Orden subvenciones TIC 2009 publicada en el DOG

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